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Licencia de Pesca Deportiva

23/09/2021

Las personas que ejerzan estas actividades deberán contar con sus respectivas licencias, con excepción de los menores de 14 años. (artículo 21 del Decreto 323/95)

Los jubilados podrán  obtener su licencia, previa presentación del carné que acredite su condición, dicha licencia no ostentará cargo alguno ni término en lo que respecta a su caducidad (artículo 21 del Decreto 323/95).

Toda persona carente del beneficio jubilatorio –mayor de 65 años varones y 60 años mujeres- y que acredite residencia en la Provincia de Buenos Aires, tendrá derecho a una licencia de las mismas características que las de un jubilado

 

Para la práctica de la pesca deportiva y el transporte de especies capturadas, es obligación poseer la correspondiente licencia:

  • No Federada: No asociado a ningún Club. Tiene vigencia de un año a partir de su expedición.
  • Federada: Asociado algún Club. De duración año calendario y sin costo.
  • De concurso: Válida para participar en concursos. Si tiene licencia anual no hace falta adquirir esta.
  • Turistica: Válida por 20 días.
  • Costa Menor Marítima: Para ambiente marítimos. Válida por un año.
  • Menores de 14 años: Sin cargo (Artículo 21 del Decreto 323/95).
  • Los jubilados podrán obtener su licencia previa presentación del carné que acredite su condición, dicha licencia no ostentará cargo alguno ni término en lo que respecta a su caducidad (artículo 21 del Decreto 323/95). Toda persona carente del beneficio jubilatorio – mayor de 65 años varones y 60 años mujeres – y que acredite residencia en la Provincia de Buenos Aires, tendrá derecho a una licencia de las mismas características que las de un jubilado (Resolución 46/05)
  • Discapacitados: Con la sola presentación del certificado de discapacidad expedido por hospital publico que acredite tal condición, se le extenderá la licencia de Pesca Deportiva sin cargo y sin vencimiento(Reglamentada por Resolución Nº 24/07)
  • Veteranos de Malvinas: Con la sola presentación de la documentación que acredite tal condición, expedida por organismo oficial correspondiente,  se le extenderá la licencia de Pesca Deportiva sin cargo y sin vencimiento. (Reglamentada por Resolución Nº 30/07.)

El dinero recaudado ingresa al Fondo Provincial Pesquero, el cual se destina entre otros temas al financiamiento de Estudios Técnicos en los Ambientes Lagunares Provinciales, así como a la siembra y refuerzo de las poblaciones naturales de pejerrey con larvas y juveniles.

EVITE MULTAS, OBTENGA SU LICENCIA DE PESCA DEPORTIVA

¿Cómo obtener la Licencia de Pesca Deportiva? Acá te dejamos los pasos a seguir para obtenerla:

  1. Ingresar a la página Web del ministerio: www.maa.gba.gov.ar/pesca y luego al link “Licencias de Pesca Deportiva” o directamente aca www.maa.gba.gov.ar/sistemas/pesca/licencias/licencias00.php
  2. Completar el Tipo y N° de documento.
  3. Seleccionar el tipo de licencia que se quiere obtener, clickear en el círculo y luego en Enviar.
  4. Aparece en la pantalla el siguiente formulario para completar con los datos personales. Completar y hacer click en: Ingresar/Solicitar.
  5. Una vez completados los datos personales y clickeado en Ingresar el sistema le permitirá Imprimir la boleta de pago. (Programa requerido Adobe Reader – Lector de archivos PDF, si no lo posee puede descargarlo de http://get.adobe.com/es/reader/ en forma gratuita).
  6. Una vez obtenida la boleta de pago, debe efectuar el pago en cualquier sucursal del Banco Provincia o en BAPRO pagos. El comprobante de pago ya lo habilita a realizar la actividad.
  7. Después de 72 Hs. hábiles de realizado el pago de la licencia, deberá repetir los pasos 1, 2 y 3. y el sistema le permitirá imprimir su Carnet de Pesca.
  8. La licencia para jubilados, pensionados, discapacitados, veteranos de Malvinas y menores de 14 años es SIN COSTO. Luego de completar los datos personales, se puede imprimir directamente el carnet.

La infracción a esta reglamentación será sancionada de acuerdo a la Ley Provincial de Pesca Nº 11477 art.38. “con una multa de un valor equivalente a cuatro (4) sueldos mínimos de un empleado de la Administración Pública Provincial, a cuatrocientos (400) sueldos como máximo”.

Para mayor información y cómo realizar el trámite, contactarse con la Dirección Producción de la Municipalidad de Magdalena, de lunes a viernes de 07:00 hs a 13:00 hs